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LA EJECUCIÓN APARENTE DEL FALLO DE LAS SENTENCIAS CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVAS EN EL ÁMBITO URBANÍSTICO. UN BALANCE TRAS 10 AÑOS DE VIGENCIA DE LA LEY 29/1998

CHINCHILLA PEINADO, JUAN ANTONIO

REVISTA DE DERECHO URBANISTICO Y MEDIO AMBIENTE, n.º 245/2008, pág. 65 a 100

I. LA PREVISIÓN LEGAL DE NULIDAD DE LOS ACTOS Y DISPOSICIONES QUE SE ADOPTEN CON LA FINALIDAD DE ELUDIR LA EJECUCIÓN DEL FALLO ANULATORIO: A) El derecho al cumplimiento del fallo como parte del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. B) La obligación de la Administración de satisfacer el interés general adecuándose a las cambiantes y sobrevenidas circunstancias prohíbe sólo dictar actos o disposiciones contrarias al fallo con la finalidad de eludir su cumplimiento. II. LA CONCURRENCIA DE LA INTENCIONALIDAD DE ELUDIR EL FALLO JUDICIAL. LA INTERPRETACIÓN JURISPRUDENCIAL: A) El elemento intencional en el incumplimiento del fallo como un supuesto de desviación de poder. B) La inversión de la carga de la prueba y la exigencia de una motivación basada en la racionalidad urbanística. C) Líneas interpretativas en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. D) Una crítica a la configuración como un supuesto de desviación de poder. La necesaria concurrencia de una causa de nulidad o anulabilidad en el acto o disposición que supone la elusión del cumplimiento del pronunciamiento de la sentencia. E) Efectos de la legalidad de los actos o disposiciones que impiden la ejecución del fallo. III. EL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE LA NULIDAD MEDIANTE EL INCIDENTE DE EJECUCIÓN: A) El incidente de ejecución como vía adecuada para instar la nulidad de los actos y disposiciones que supongan una ejecución aparente. B) Iniciación del incidente previa petición de la parte recurrente o de otros sujetos afectados. C) La determinación del órgano jurisdiccional competente para conocer del incidente de ejecución. D) La aplicación supletoria de la LEC. La prueba en el incidente de ejecución. E) Recurribilidad en casación de los Autos dictados en el incidente de ejecución. IV. LAS POSIBLES CONSECUENCIAS PENALES DE LA EJECUCIÓN APARENTE: A) La articulación entre el Derecho Administrativo Sancionador y el Derecho Penal. B) La desviación de poder penal.

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