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La discutida necesidad del Informe Jurídico en la tramitación de los contratos menores

Balaguer Pallás, Eduardo; Castiñeira Piñeiro, José C.; Javaloyes Ducha, Miguel H.; Mato Rodríguez, José L.; Martínez Vila, Ignacio; Trull Ahyuir, José María; Herrero Pombo, César

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 11/2023, pág. 106 a 132

I. Introducción. II. El Informe 3/2023 de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Galicia. III. El artículo 118 LCSP: norma que regula un procedimiento especial para la tramitación de los expedientes de contratos menores. IV. El carácter facultativo de informe jurídico en los expedientes de contratación menor al no incorporarse a los mismos pliegos de cláusulas administrativas particulares cuando, no obstante, se apunta la posibilidad de informe. V. La misma regulación y requisitos procedimentales de los expedientes de contratos menores para todas las administraciones públicas. VI. La Disposición adicional tercera no exige específicamente la emisión de informe jurídico para la aprobación de los gastos en la contratación menor. También los contratos menores están exentos de fiscalización previa VII. La asistencia jurídica al órgano de contratación en los actos de aprobación, disposición del gasto y reconocimiento del deber. VIII. Apostilla.

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