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LA DEFENSA DE LOS ENTES LOCALES ANTE EL FENÓMENO DEL BLANQUEO DE CAPITALES
MILANS DEL BOSCH Y JORDÁN DE URRÍES, SANTIAGO
Cuadernos de Derecho Local, n.º 11/2006, pág. 123 a 129
1. INTRODUCCIÓN: JUSTIFICACIÓN DE LA PONENCIA. 2. ¿QUÉ ES EL BLANQUEO DE CAPITALES?. 3. ¿CÓMO PREVÉ LA LEY LA LUCHA CONTRA EL BLANQUEO DE CAPITALES?. 4. ¿QUIÉNES SON LOS SUJETOS OBLIGADOS DE LA LPBC?. 5. ¿CONSTITUYE EL MERCADO INMOBILIARIO UNO DE LOS PRINCIPALES ÁMBITOS CON MAYOR CAPACIDAD DE ATRACCIÓN PARA EL DINERO PROCEDENTE DE ACTIVIDADES ILÍCITAS?. 6. ¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DE ESTOS SUJETOS OBLIGADOS?. 6.1. IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE. 6.2. EXAMEN ESPECIAL DE CIERTAS OPERACIONES SOSPECHOSAS. 6.3. CONSERVACIÓN DE DOCUMENTOS DURANTE SEIS AÑOS. 6.4. COMUNICACIÓN CON EL SEPBLAC Y CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS. 6.5. ABSTENCIÓN DE EJECUCIÓN DE OPERACIONES. 6.6. ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE CONTROL INTERNO. 6.7. FORMACIÓN. 7. ¿QUÉ TIPO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA SE DERIVA DEL INCUMPLIMIENTO DE ESTAS OBLIGACIONES?. 8. ¿EXISTE RESPONSABILIDAD PENAL Y EN QUÉ CONSISTE ÉSTA?. 9. ¿SE DA CONCULCACIÓN DEL PRINCIPIO NE BIS IN IDEM?. 10. ¿DE QUÉ MANERA INCIDE LA LPBC EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES?.