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La comunicación entre las Administraciones Públicas. La falta de notificación fehaciente: especial consideración en cuanto a la solicitud de informes en materia de ordenación del territorio

Juan Bautista Llorca Ramis

PRACTICA URBANISTICA. REVISTA MENSUAL DE URBANISMO, n.º 130/2014, pág. 12 a 27

I. Introducción. II. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2.1. La comunicación entre órganos. 2.2. La práctica de la notificación. 2.3. En relación con la instrucción/ordenación del procedimiento. 2.4. Y por último en cuanto a los informes tenemos: III. Breve reseña a la figura de la notificación administrativa. 3.1. Concepto y notas básicas. 3.2. Elementos. IV. La notificación en y entre las Administraciones Públicas. V. Los Informes administrativos. 5.1. Concepto, clases y plazo. 5.2. Criterios generales. VI. La no constancia del recibí de la petición de informe en el expediente administrativo, efectos jurídicos. VII. Su especial relevancia en materia de la ordenación del territorio. VIII. Conclusiones. IX. Bibliografía.

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