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LA COMPUTACIÓN DE PLAZOS DE FECHA A FECHA (TC VERSUS TS)

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 4/2011, pág. 514 a 525

I. Introducción. II. Plazos administrativos, sustantivos y procesales. III. El cómputo de los plazos administrativos mensuales o anuales. 1. Día inicial. 2. Día final. 3. ¿Qué debe entenderse por computación "de fecha a fecha"? 4. Procedimientos telemáticos. IV. El cómputo de los plazos sustantivos mensuales o anuales. 1. Día inicial. 2. Día final. 3. Día final adicional. 4. ¿Qué debe entenderse por computación "de fecha a fecha"? V. El cómputo de los plazos procesales mensuales o anuales. 1. Día inicial. 2. Día inicial adicional. 3. Día final. 4. Día final adicional. 5. ¿Qué debe entenderse por computación "de fecha a fecha"? 6. La prórroga legal/rehabilitación de los plazos. 7. Los plazos en los escritos presentados por medios telemáticos. VI. ¿Qué debe entenderse por computación de fecha a fecha? 1. La tesis de la Sala Tercera del Tribunal Supremo: el plazo vence el día cuyo ordinal coincida con la notificación del acto. 2. La forma de computar los plazos mensuales o anuales el Tribunal Constitucional: el plazo vence el día cuyo ordinal coincida con el día siguiente al de la notificación del acto. VII. Epílogo.

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