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LA BASE IMPONIBLE DEL ICIO EN LOS SUPUESTOS DE INSTALACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES. COMENTARIO DE LA TRASCENDENTE SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 14 DE MAYO DE 2010

CALVO SALES, TERESA

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 15/2010, pág. 2344 a 2361

1. Introducción. 2. Antecedentes. 2.1. En particular, sobre los aerogeneradores y las placas solares. 2.2. Las interpretaciones favorables a la inclusión del coste de aerogeneradores y placas solares. 2.3. Esperando al Tribunal Supremo. 3. La Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de mayo de 2010. 3.1. Cumplimiento de los requisitos para la casación en interés de la ley. 3.2. La argumentación del Tribunal Supremo. A) La cuestión de los elementos construidos por terceros fuera de la obra. B) Naturaleza de los parques eólicos. C) Los parques eólicos como bienes de características especiales. D) La sujeción a licencia. 3.3. La conclusión: el coste de los equipos necesarios para la captación de la energía eólica forma parte de la base imponible del ICIO. 4. Consecuencias de la Sentencia.

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