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LA AUSENCIA DEL INFORME DE PATRIMONIO HISTÓRICO DURANTE LA TRAMITACIÓN DE UN PLAN GENERAL NO DETERMINA SU NULIDAD. COMENTARIO A LA STS DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2011

MISKOVICHOVA, VERONIKA; CABELLO MARTÍNEZ, GABRIEL

REVISTA ARANZADI DE URBANISMO Y EDIFICACIÓN, n.º 25/2012, pág. 275 a 284

I. Introducción. II. Régimen jurídico del informe en materia de patrimonio histórico en el marco de la tramitación de un instrumento de planeamiento: 1. Los informes sectoriales en la tramitación de los instrumentos de planeamiento. 2. Marco normativo. III. Análisis de la sentencia: la omisión del preceptivo informe de patrimonio histórico no invalida el acuerdo de aprobación del Plan General al haber sido solicitado por el Ayuntamiento. IV. Apuntes jurisprudenciales en relación con la omisión de informes preceptivos durante la tramitación de los instrumentos de planeamiento: 1. Nulidad de pleno derecho por infracción del artículo 62.2 de la LRJPAC. 2. Nulidad de pleno derecho por infracción del artículo 62.1.e) de la LRJPAC. 3. No cabe la aprobación de instrumentos de planeamiento por silencio positivo detectada la ausencia de informes preceptivos. 4. La jurisprudencia en relación con la omisión del informe del Secretario Municipal. V. Consideraciones finales.

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