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LA ANULACIÓN DE OFICIO DE LOS PLANES URBANÍSTICOS

LLISET BORRELL, FRANCESC

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 22/2008, pág. 3686 a 3696

I. Introducción. II. La obligatoriedad de la revisión de oficio ante la detección en los planes urbanísticos de normas nulas de pleno derecho. III. Nulidad sobrevenida de los planes urbanísticos. IV. No cabe la acción de nulidad de un particular contra un plan de urbanismo. V. La lesión del interés público no es un requisito necesario para la revisión de oficio de un plan nulo de pleno derecho. VI. Un dictamen del órgano consultivo de la generalidad de Cataluña como punto de partida de la argumentación en apoyo de nuestra tesis. VII. Improcedencia de la alteración del régimen demanial de los bienes por un plan urbanístico. VIII. El plan urbanístico no puede infringir la legislación sobre el patrimonio cultural. IX. Infracción del principio de interdicción de la arbitrariedad. X. Análisis crítico del dictamen emitido por el órgano consultivo de la generalidad de Cataluña.

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