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LA ADMINISTRACIÓN NO PUEDE BENEFICIARSE DE SU SILENCIO

AGIRREAZKUENAGA ZIGORRAGA, IÑAKI

REVISTA VASCA DE ADMINISTRACION PUBLICA, n.º 87/2010, pág. 25 a 45

I. Introducción. II. La dudosa constitucionalidad del art. 46.1, segundo inciso, de la LJCA o la indeterminación del plazo para recurrir en los casos de silencio ante la jurisdicción contencioso-administrativa. III. Silencio tras la interposición de un recurso administrativo y plazo de prescripción de infracciones y sanciones. A) La prescripción de la sanción. B) La prescripción de la infracción.

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