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INFORME DE LA SECRETARÍA GENERAL DEL SENADO SOBRE LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY SOBRE SOLIDARIDAD FINANCIERA Y MODIFICACIÓN DE LA LEY 22/2001, DE 27 DE DICIEMBRE, REGULADORA DE LOS FONDOS DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL, PRESENTADA POR LAS CORTES DE ARAGÓN Y TOMADA EN CONSIDERACIÓN POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

REVISTA DE LAS CORTES GENERALES, n.º 68/2006, pág. 179 a 208

I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. Primero. Configuración constitucional del Fondo de Compensación Interterritorial. Segundo. Naturaleza jurídica de la "decisión" de las Cortes Generales. Tercero. La iniciativa legislativa de las Asambleas de las Comunidades Autónomas en materia del Fondo de Compensación Interterritorial. 1.º La determinación del "contenido constitucional adecuado" a dicha iniciativa. 2.º La exclusiva alusión que la Constitución realiza a que la presentación de las proposiciones autonómicas haya de llevarse a cabo en el Congreso de los Diputados, a efectos de proceder a su toma en consideración. Cuarto. Aspectos relativos a la tramitación en el Senado. A) ¿Es preciso que la iniciativa venga acompañada de los "antecedentes necesarios" previstos en el artículo 88 de la Constitución?. B) Las decisiones relativas al modo de tramitación de la proposición de ley de las Cortes de Aragón. Su tramitación al amparo del artículo 140 del Reglamento del Senado. C) Posibilidad de sucesivas ampliaciones del plazo de enmiendas. D) Admisibilidad de propuestas de veto y de enmiendas de totalidad de devolución y de texto alternativo. a) Planteamiento general. b) Sobre la admisibilidad de las propuestas de veto. c) Las enmiendas de totalidad de devolución. d) Las enmiendas de totalidad de texto alternativo. E) Posibilidad de tramitación mediante el procedimiento de lectura única. F) Posibilidad de retirada de la Proposición de Ley. CONCLUSIONES.

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