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¿INCLUYE EL DEBER DE LOS PROPIETARIOS DE SUELO DE COSTEAR SU URBANIZACIÓN EL DE ASUMIR LOS GASTOS DE INSTALACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS ELÉCTRICAS, SIN DERECHO A SER COMPENSADOS POR LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS?

ANTONIO LÓPEZ PELLICER, JOSÉ

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 28/2004, pág. 17 a 23

1. PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN 2. FUNDAMETNOS JURÍDICOS EN QUE LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 25 DE NOVIEMBRE DE 2002 3. EL REAL DECRETO 1955/2000 TRASLADA EL DEBER DE SOPORTAR LOS COSTES DE INVERSIÓN DE LAS INSTALACIONES DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD DE LAS EMPRESAS DEL SECTOR A LOS PROPIETARIOS DE SUELO EN LOS PROCESOS DE URBANIZACIÓN, EN DESARROLLO NO DE LA LEY 54/1997 SINO DE LA LEY 6/1998 DEL SUELO 4. CONCLUSIÓN 5. BIBIOGRAFÍA

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