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HACIENDA LOCAL. GESTIÓN DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES: DOS HECHOS PARA LA REFLEXIÓN

LA ADMINISTRACION PRACTICA, n.º 7/2008, pág. 484 a 490

a) Posibilidad de aplicar tipos diferenciados a los solares sin edificar. b) Relación entre la notificación del valor catastral y la liquidación de IVTNU. b.1) Procedimientos de valoración colectiva de carácter general y parcial. b.2) Procedimiento simplificado de valoración colectiva. b.3) Procedimiento de subsanación de discrepancias. b.4) Procedimientos de incorporación mediante declaración, comunicación o solicitud. 1. ¿A quién se debe notificar?, ¿quién debe notificar?. 2. Relación entre la notificación del valor catastral y el IVTNU.

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