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HACIA UN DIFÍCIL EQUILIBRIO ENTRE PRIVACIDAD Y SEGURIDAD: LA CONSERVACIÓN DE DATOS EN LAS COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Y LA TRANSFERENCIA DE DATOS DE PASAJEROS POR LAS COMPAÑÍAS AÉREAS

BALLESTEROS MOFFA, LUIS ÁNGEL

CIVITAS, REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO ADMINISTRATIVO, n.º 137/2008, pág. 31 a 55

I. LA TUTELA JURÍDICA DE LOS DATOS PERSONALES. 1. Las distintas caras de la institución. 2. Privacidad y comunicaciones electrónicas. II. EL DEBER DE CONSERVACIÓN TEMPORAL DE LOS DATOS DE TRÁFICO Y LOCALIZACIÓN EN LAS COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS. 1. La vulnerabilidad de la privacidad frente a los datos de tráfico y localización. 2. Seguridad versus privacidad: el deber de retención. A) La Directiva 2002/58/CE, de 12 de julio, y el art. 12 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. B) La Directiva 2006/24/CE, de 15 de marzo, y la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de Conservación de Datos relativos a las Comunicaciones Electrónicas y a las Redes Públicas de Comunicaciones. III. LOS ACUERDOS SUSCRITOS ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y LOS ESTADOS UNIDOS PARA LA TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES DE PASAJEROS ("PNR") DE COMPAÑÍAS AÉREAS CON ORIGEN O DESTINO A ESTADOS UNIDOS. 1. La anulación del primer acuerdo por la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 30 de mayo de 2006, Parlamento Europeo contra Consejo y Comisión. 2. El nuevo acuerdo tras un marco de incertidumbre y provisionalidad. IV. CONCLUSIÓN.

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