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FUNCIONES PÚBLICAS EJERCIDAS POR PARTICULARES: EL CASO DEL OPERADOR DEL SISTEMA ELÉCTRICO SEGÚN LA LEY 54/1997

LÓPEZ DE CASTRO GARCÍA-MORATO, LUCÍA

REVISTA ANDALUZA DE ADMINISTRACION PUBLICA. ADMINISTRACION DE ANDALUCIA, n.º 75/2009, pág. 139 a 178

I. INTRODUCCIÓN. EL EJERCICIO DE FUNCIONES PÚBLICAS POR PARTICULARES Y LA OPERACIÓN DE SISTEMAS ELÉCTRICOS. A. Planteamiento general. B. El ejercicio de funciones públicas por particulares. C. Los modelos de explotación de los sistemas eléctricos, la actividad de operación del sistema eléctrico, y la Ley 54/1997, del sector eléctrico. II. FUNCIONES EJERCIDAS POR EL GESTOR TÉCNICO DEL SISTEMA ELÉCTRICO EN ESPAÑA Y SU NATURALEZA PÚBLICA. A. Funciones genéricas del Operador del sistema eléctrico y su función principal, la garatía de seguridad del suministro eléctrico. B. La coordinación del Operador del sistema con el operador del mercado y otros sujetos. C. Funciones específicas (art. 34 LSE): su clasificación y naturaleza. D. Conclusión sobre la naturaleza de las funciones del Operador del sistema. III. EL SOMETIMIENTO A CONTROL PÚBLICO DE LAS FUNCIONES DEL OPERADOR DEL SISTEMA. A. El control a través de su configuración jurídico-organizativa. 1. Forma societaria, con restricciones en su accionariado y presencia significativa de capital público. 2. Separación funcional y orgánica. B. El sometimiento a regulación de las funciones del Operador del sistema eléctrico español. 1. Razones para la regulación de las funciones del Operador del sistema. Monopolio y atribución legal de funciones públicas. 2. Sometimiento a Derecho de las funciones del Operador del sistema, en aplicación de la normativa y de acuerdo con ella. El problema de la discrecionalidad técnica. 3. Naturaleza jurídica de los procedimientos de operación de carácter instrumental y técnico. C. Control a posteriori por las autoridades reguladoras. 1. Sometimiento a supervisión. 2. Procedimiento sancionador. 3. Resolución de conflictos por la CNE. IV. A MODO DE CONCLUSIÓN. SOBRE LA NATURALEZA DEL EJERCICIO DE FUNCIONES PÚBLICAS DEL OPERADOR DEL SISTEMA Y SU RÉGIMEN JURÍDICO Y ALGUNAS CUESTIONES PENDIENTES. A. El Operador del sistema eléctrico según la Ley 54/1997: ejercicio de funciones públicas por un particular. B. Algunas cuestiones pendientes y propuestas de mejora. 1. Existencia de algunas incertidumbres e insuficiencias en relación con el alcance de las funciones públicas del Operador del sistema. 2. Sobre la relación entre los gestores técnicos de electricidad y gas. 3. Sobre el control de la discrecionalidad técnica de los actos de autoridad del Operador del sistema.

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