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FERNÁNDEZ TORRES, JUAN RAMÓN
REVISTA ARANZADI DE URBANISMO Y EDIFICACIÓN, n.º 20/2009, pág. 95 a 110
I. La externalización incipiente de los procedimientos de concesión de licencias municipales. II. El nuevo visado colegial a la luz de lo dispuesto en la legislación de defensa de la competencia. III. La posible caracterización del compromiso de la inserción del visado colegial en el procedimiento de otorgamiento de licencias vía convenio como una conducta colusoria. IV. La actuación de las Administraciones Públicas también está sujeta a la prohibición legal de conductas y acuerdos colusorios. V. La celebración por los Colegios Oficiales de Arquitectos de convenios y la emisión de visados al amparo de los mismos, representan actividades económicas típicas que están sometidas a la legislación de defensa de la competencia. VI. Conclusión.