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EXPROPIACIÓN FORZOSA. JUSTO PRECIO.- INTERESES A ABONAR COMO INDEMNIZACIÓN POR LA DEMORA EN EL PAGO DEL JUSTIPRECIO

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 14/2011, pág. 1711 a 1713

1. ANTECEDENTES.- Recurrido el justiprecio fijado en una expropiación y condenado el Ayuntamiento a abonar "los interes legales correspondientes" ¿cómo deben liquidarse? 2. CONTESTACIÓN.- Se establece que la cantidad debida por interes de demora, al momento de pagarse el justiprecio, constituye una cantidad líquida que, de no satisfacerse al momento de abonarse el justiprecio, genera intereses. Sin que estemos ante un supuesto de anatocismo, puesto que se trata de un crédito accesorio del justiprecio y de una obligación legal del art. 1108 del Código Civil. La STS de 23 de febrero de 2002 (LA LEY 6066/20029) confirma el abono de intereses sobre interes.

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