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EXPROPIACIÓN FORZOSA.- EL DERECHO DE REVERSIÓN.- REGULACIÓN.- NOVEDADES INTRODUCIDAS POR LA LEY 38/1999

LA ADMINISTRACION PRACTICA, n.º 6/2002, pág. 463 a 472

1. Introducción. 2. Concepto de reversión. 3. Naturaleza de la reversión. 4. Causa expropiandi. 5. Casos de reversión. A) En el caso de no ejecutarse la obra o no establecerse el servicio que motivó la expropiación. B) Si hubiera alguna parte sobrante de los bienes expropiados. C) Si desapareciese la afectación. 6. Sujetos legitimados. 7. Modalidades y plazos para el ejercicio de la reversión. A) Que la Administración hubiera notificado el exceso de expropiación, la desafectación del bien o derecho expropiados o su propósito de no ejecutar la obra o de no implantar el servicio. B) Si no hay notificación por parte de la Administración, el derecho de reversión podrá ejercitarse por el expropiado y sus causahabientes en los casos y con las condiciones siguientes:... 8. La competencia para resolver sobre la reversión. 9. El Registro de la Propiedad y la Reversión. 10. La restitución de la indemnización expropiatoria.

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