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Exención de las Universidades públicas en los tributos locales

Banacloche Palao, Carmen

CRONICA TRIBUTARIA (ESTUDIOS Y NOTAS. JURISP. COMENTADA), n.º 164/2017, pág. 37 a 68

1. Planteamiento. 2. Exención subjetiva: ¿son las Universidades públicas entidades de derecho público análogas a los organismos autónomos del Estado? La Universidad pública y su calificación como Administración independiente. 3. Exención por aplicación directa del art. 80 de la LOU. 3.1. Exención de las Universidades públicas si son contribuyentes directos de los tributos que gravan sus bienes, actos o rendimientos (art. 80.1 LOU). 3.2. Aplicación a las Universidades públicas de los beneficios fiscales previstos para las entidades sin ánimo de lucro (art. 80.4 LOU). 4. Conclusiones.

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