Estás aquí: InicioCentro de Documentación VirtualHemeroteca
CARTA LOCAL, n.º 66/1995, pág. 40
1. Sistema electoral local. 2. Competencias del Alcalde. 3. Estatuto de los electos locales. 4. Distribución competencial. 5. El Consejo Municipal, órgano deliberante del municipio, cuenta con un mínimo de 12 miembros (en municipios menores de 3.000 habitantes) y un máximo de 60. 6. Las áreas metropolitanas.