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Entidades locales.- En las entidades locales, es necesaria la presencia de un jurista en un comité de expertos solo cuando está integrado por personal funcionario de carrera o laboral fijo

Cantera Cuartango, José Manuel

LA ADMINISTRACION PRACTICA, n.º 11/2022, pág. 127 a 130

I.Antecedentes. II. Normativa aplicable. III. Fundamentos jurídicos o doctrina administrativa. IV. Conclusiones.

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