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¿ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA DE LA COMISIÓN EUROPEA ANTE EL IMPAGO DEL CONTRATISTA AL SUBCONTRATISTA? (A PROPÓSITO DE LA SENTENCIA MASDAR, DE 16 DE DICIEMBRE DE 2008)

GOSÁLBEZ PEQUEÑO, HUMBERTO

LA LEY UNIÓN EUROPEA, n.º 316/2011, pág. 51 a 62

1. INTRODUCCIÓN. 2. LA SUBCONTRATACIÓN DE UN CONTRATO DE LA COMUNIDAD EUROPEA. 2.1. A título introductorio: la subcontratación en el ordenamiento comunitario de los contratos públicos. 2.2. Los principios jurídicos de la subcontratación aplicados por el Tribunal de Justicia. 2.2.1. La ausencia de su regulación específica en las normas comunitarias. 2.2.2. El principal "principio": la existencia del subcontrato impide toda responsabilidad contractual de la institución pública contratante frente al subcontratista. 3. LA RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DE LA COMUNIDAD EUROPEA POR LOS PERJUICIOS ACAECIDOS AL SUBCONTRATISTA. 3.1. La ilegalidad de la actuación de la Comisión. 3.1.1. La infracción del deber legal de diligencia. 3.1.2. La infracción del principio de la confianza legítima. 3.2. La relación de causalidad. 4. EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA. 4.1. La prohibición del enriquecimiento administrativo injusto. 4.2. La gestión del "negocio administrativo" por el subcontratista. 5. A MODO DE EPÍLOGO: ¿QUO VADIS SUBCONTRATISTA?

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