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EN CLAVE CONSTITUCIONAL: CÓMPUTO E INTEGRIDAD DE LOS PLAZOS POR MESES

MARAÑA SÁNCHEZ, JOSÉ Q.

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 15/2009, pág. 2361 a 2370

I. Planteamiento de la cuestión. II. Marco legal. III. Doctrina de los Tribunales. IV. Doctrina del Tribunal Constitucional. V. Integridad de los plazos. a) Día hábil en sede administrativa y festivo en residencia de la persona interesada. b) Supuesto de día inhábil el día de la notificación. c) Garantía del plazo hasta las 24 horas del último día. d) No se puede equiparar día no laborable a día inhábil. e) En caso de que el recurso se presente en la oficina de correos es preciso que el escrito lleve impreso el sello de correos. f) Necesidad de espera varios días a la fecha de expiración del plazo. VI. Casos prácticos.

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