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El Tribunal Constitucional impide que el IIVTNU someta a tributación plusvalías inexistentes
Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de mayo de 2017
DIARIO LA LEY, n.º 8987/2017, pág. 1
El tratamiento que los preceptos anulados de la LHL otorga a los supuestos de no incremento, o incluso de decremento, en el valor de los terrenos de naturaleza urbana, supone gravar una renta ficticia, imponiendo a los sujetos pasivos del tributo la obligación de soportar la misma carga tributaria que corresponde a las situaciones de incrementos derivados del paso del tiempo, sometiendo de esta forma a tributación situaciones de hecho inexpresivas de capacidad económica.