• Facebook
  • X
  • LinkedIn
  • Instagram

Síguenos en los medios sociales

Añadir al carrito

El principio de objetividad en el ejercicio de la potestad administrativa sancionadora

Francisco José Rodríguez Pontón

REVISTA DE DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA, n.º 289/2011, pág. 211 a 231

1. Los significados del principio de objetividad y la perspectiva de su aplicación concreta al ámbito del ejercicio de la potestad administrativa sancionadora. 1.1. Significados del principio de objetividad: actuación neutral; actuación con criterio. 1.2. Ejercicio de la potestad sancionadora: aplicación de la ley; márgenes de apreciación. 1.3. Sanciones: determinación de consecuencias jurídicas; apreciación de concurrencia de hechos. 1.4. La necesidad de contemplar la diversidad de las facetas que traducen el principio de objetividad en el ejercicio de la potestad sancionadora. 2. Objetividad, apreciación de hechos y determinación de sanciones. Especial atención al elemento de la adopción y seguimiento de criterios de decisión. 2.1. Objetividad, valor probatorio y determinación de hechos. 2.2. Conceptos jurídicos indeterminados, márgenes de apreciación y establecimiento de criterios. 2.3. La motivación y la adopción de criterios de decisión. 2.4. Determinación concreta de la sanción correspondiente, márgenes de apreciación, objetividad y motivación. 2.5. Algunas referencias concretas de interés a la necesidad de establecer criterios objetivos en el ejercicio de la potestad sancionadora. 3. Consideración final. Bibliografía citada.

Ver teléfonos