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EL NOMBRAMIENTO Y EL PAGO DE LAS RETRIBUCIONES DE LOS SECRETARIOS DE LOS JUZGADOS DE PAZ EN ANDALUCÍA TRAS LA PUBLICACIÓN DE LA LEY DE AUTONOMÍA LOCAL DE ANDALUCÍA

SÁNCHEZ GONZÁLEZ, JUAN FRANCISCO

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 20/2012, pág. 2275 a 2285

I. Marco legal de los Juzgados de Paz. II. Traspaso de funciones y servicios sobre medios personales, materiales y económicos de la Administración de Justicia de la Junta de Andalucía. III. Administración competente en Andalucía para la designación y aprobación del nombramiento así como para el pago de las retribuciones de los secretarios de los Juzgados de paz. IV. El secretario de los Juzgados de paz. La naturaleza de su relación jurídica con los Ayuntamientos.

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