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El intento de notificación en un domicilio diferente al específicamente designado interrumpe el plazo de caducidad del procedimiento

Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de marzo de 2018

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 5/2018, pág. 1

Siempre que se trate de un domicilio válido y regular se entiende cumplida la obligación de notificar a efectos del cómputo del plazo máximo de duración de los procedimientos.

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