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Feijoo Sánchez, Bernardo
DIARIO LA LEY, n.º 8987/2017, pág. 1 a 15
I. Planteamiento. II. El artículo 286 ter como delito contra la competencia. Refuerzo tras la reforma operada mediante la LO 1/2015. III. El medio típico para atentar contra la competencia: la corrupción. IV. La corrupción debe realizarse a través de ofrecimientos, promesas o concesiones de beneficios o ventajas indebidos. Exclusión del tráfico de influencias como medio comisivo. V. Conclusiones.