• Facebook
  • X
  • LinkedIn
  • Instagram

Síguenos en los medios sociales

Añadir al carrito

El control de las permutas de bienes inmuebles de las Entidades Locales

Bermúdez Sánchez, Javier

CIVITAS, REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO ADMINISTRATIVO, n.º 167/2014, pág. 327 a 347

1. La regulación del contrato administrativo de permuta. 2. Terrenos destinados a uso público local. 3. Nulidad de los convenios de permuta en los que no sólo se reciben bienes, sino que se produce una compensación de deudas. 4. El expediente de permuta debe acreditar la necesidad de la aplicación excepcional de la permuta, y la de los bienes a recibir. 5. El interés social en caso de entregar bienes del patrimonio municipal del suelo. 6. La diferencia del valor de los bienes que se trate de permutar no ha de ser superior al 40% del que lo tenga mayor. 7. Permuta de terrenos que constituyan dotaciones públicas, con pacto de recalificación, o en que se hayan concretado por error: ineficacia parcial y valoración económica de la obligación que subsistiría.

Ver teléfonos