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EL ARTICULO 21 DE LA LEY DE PROTECCION DE LA SEGURIDAD CIUDADANA
ALEGRE AVILA, JUAN MANUEL
PODER JUDICIAL, n.º 30/1993, pág. 27
1. Las dudas de constitucionalidad en relación conìel supuesto de delito flagrante construido por el artículoì21.2 de la Ley de Seguridad Ciudadana. 2. La estructuraìsistemática del artículo 21 de la Ley de SeguridadìCiudadana: la configuración como causa legítima para laìentrada y registro en domicilio sin autorización judicial deìlos números 2 (delitos relativos a drogas tóxicas, ...