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EL ÁMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN DE LA LEY DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO

PAREJO ALFONSO, LUCIANO

REVISTA DE DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA, n.º 274/2006, pág. 11 a 43

I. Algunas consideraciones generales previas; en especial sobre las dificultades de la legislación interna para su plena acomodación al Derecho comunitario-europeo. II. La finalidad y el objeto de la LCSP y los principios generales de la contratación pública. III. El ámbito de aplicación subjetivo. 1. La imbricación, en la determinación del ámbito de aplicación, de las dimensiones objetiva y subjetiva. 1.1. el ámbito de aplicación primario o nuclear. 1.2. El ámbito de aplicación secundario o complementario. 2. La inmediata efectividad parcial del ámbito de aplicación, mediante anticipación de algunos elementos de éste a la plena entrada en vigor del texto legal. 3. El ámbito de aplicación subjetivo. 3.1. El sector público; los sujetos que lo integran. 3.2. El núcleo del sector público o sector público administrativo y, por consecuencia, también el sector público no administrativo. 3.3. El sector materialmente público a efectos de la armonización comunitario-europea.

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