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Resolución 49/2017, de 15 de febrero, del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
DIARIO LA LEY, n.º 8982/2017, pág. 1 a 2
La cesión de los espacios sanitarios de las instalaciones deportivas controvertida debe calificarse como contrato de concesión de servicios, habida cuenta de la asunción, por el licitador, del riesgo de la explotación.