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DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PUBLICAS. SENTENCIA 5 DE JUNIO DE 1998
PONENTE:LESCURE MARTIN
ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 45/1998, pág. 3361
1. Artículo 28.2. 2. Derecho de huelga. 3. Servicios mínimos. 4. Determinación. 5. Organo competente. 6. Incompetencia del Consorcio Regional de Transportes de Madrid para fijar los servicios mínimos de una huelga convocada en el Metro de Madrid.