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¿CUÁL SERÍA EL PROCEDIMIENTO PARA CAMBIAR EN LAS CALLES DE UN PLAN PARCIAL APROBADO Y EJECUTADO EL APARCAMIENTO DE UN LADO A OTRO? ¿SERÍA NECESARIA LA MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL EN EL QUE APARECE UN PLANO CON LA UBICACIÓN DE LOS APARCAMIENTOS?

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 33/2004, pág. 62

EN TÉRMINOS JURÍDICOS PODRÍA HABLARSE DE UNA MUTACIÓN DEMANIAL, MUTACIÓN O CAMBIO QUE SE PRODUCE CUANDO NO SE ALTERA LA CALIFICACIÓN JURÍDICA DEL BIEN PERO SÍ EL DESTINO O USO.

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