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CORPORACIONES LOCALES, REFORMA DE LOS ESTATUTOS Y COMPETENCIAS ESTATALES

DE LA QUADRA-SALCEDO FERNÁNDEZ DEL CASTILLO, TOMÁS

REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO ADMINISTRATIVO, n.º 145/2010, pág. 5 a 55

I. INTRODUCCIÓN. II. SIGNIFICADO DE LA INTERIORIZACIÓN. 1. Interiorización como incorporación al sistema institucional en que consiste la Generalitat. 2. Interiorización como organización territorial de la Comunidad Autónoma en municipios y provincias y otros Entes locales. 3. Interiorización como incorporación al Estatuto de previsiones sobre el régimen local y como asunción del régimen local como una materia exclusiva, distinta de las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas. 3.1. Sobre la idoneidad del Estatuto para regular, él mismo, cuestiones relativas a los Entes locales, sus competencias, el régimen de sus actos, su control, etc. 3.2. Sobre la eventual consideración de los Entes locales como Instituciones propias de la Comunidad. III. RAZONES POLÍTICAS Y JURÍDICAS PARA EL PROCESO DE INTERIORIZACIÓN. 1. Las razones de conveniencia u oportunidad para la interiorización de lo local en los nuevos Estatutos de Autonomía. 2. Razones jurídico-constitucionales para incorporar al Estatuto materias locales. IV. LA NUEVA CONCRECIÓN ESTATUTARIA DEL RÉGIMEN LOCAL. V. LA LEY REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL Y LAS PREVISIONES ESTATUTARIAS SOBRE RÉGIMEN LOCAL. 1. La posibilidad de que la Ley orgánica estatutaria regule materias propias de la Ley Básica. 1.1. El contenido propio de la Ley de Bases y del Estatuto en el sistema de fuentes. 1.2. La semejanza del contenido competencial de los Estatutos con la regulación de la LRBRL y la influencia de tal semejanza en la conclusión alcanzada en el apartado anterior. 2. Consecuencias de la incorporación al Estatuto de previsiones competenciales locales sobre la vigencia y la efectividad de la regulación contenida en el citado artículo 25 de la LRBRL. 2.1. Aplicabilidad de las normas dictadas al amparo del título estatal e inexistencia de cobertura en la jurisprudencia constitucional para una prevalencia del estatuto sobre títulos de competencia exclusiva del Estado. 2.2. Las consecuencias de la incorporación de materias propias de legislación básica en el Estatuto de Autonomía.

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