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Conforme al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, un organismo público puede, en determinadas condiciones, prohibir a todos sus empleados llevar cualquier signo visible de creencia política, religiosa o filosófica en su lugar de trabajo
Gómez-Acebo & Pombo Abogados SLP
REVISTA ARANZADI UNIÓN EUROPEA, n.º 1/2024, pág. 15 a 22