Estás aquí: InicioCentro de Documentación Virtual
Hemeroteca
CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA
ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 10/2010, pág. 1228 a 1231
I. LA SENTENCIA. Impugnación de Acuerdos de las Corporaciones Locales. Supuesto en que la Administración del Estado o una Comunidad considere, en el ámbito de las respectivas competencias, que un acto o acuerdo de alguna entidad local infringe el ordenamiento jurídico. Análisis del artículo 65 LRBRL. Lo determinante para saber si el requerimiento se ha formulado o no dentro del plazo de 15 días previsto en la norma es la fecha de su entrega o recepción en el Ayuntamiento, o la de presentación en una oficina de correos que acredite fehacientemente su depósito en tal fecha, sin que pueda otorgarse relevancia a la fecha en que se emite el acto de requerimiento. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.