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FERNÁNDEZ AGÜERO, EMILIO
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 14/2011, pág. 1763 a 1776
I. Introducción. II. Punto de partida. A) Si no existe PDF. B) En el caso de que exista PDF. III. ¿Cuándo actúa el Tesorero en los pagos? A) Que no exista expedido documento P. B) Qué sí exista documento P. B.1) Si lo expide la Intervención municipal. B.2) Si lo expide la Tesorería. IV. Informe o advertencia por la Tesorería en el pago formal, documento P. V. Informe o advertencia por la Tesorería en el pago material. VI. Forma de proceder. VII. ¿Qué informe emite el Interventor? VIII. Por último, ¿cómo puede actuar el Alcalde? IX. Advertencias.