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COMENTARIOS A LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA 3.ª DE LA LEY 2/2010, DE 25 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 9/2002, DE 30 DE DICIEMBRE, DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA Y PROTECCIÓN DEL MEDIO RURAL EN GALICIA

GARCÍA-GABILÁN SANGIL, MARCO A.

CUNAL. REVISTA DE ESTUDIOS LOCALES, n.º 148/2012, pág. 36 a 52

1. Introducción. 2. Estructura de la norma. 3. Una cuestión preliminar: el plazo para restauración de la legalidad urbanística: ¿es de caducidad o de prescripción? 4. Edificaciones y construcciones, existentes en suelo urbano y urbanizable antes de la entrada en vigor de la Ley 8/1990, de 25 de julio, sin licencia y contra las que no se puede actuar por transcurso de los plazos para la restauración de la legalidad urbanística. 5. Edificaciones y construcciones sin licencia existentes en suelos calificados como zonas verdes, espacios libres, dotaciones y equipamientos públicos antes de 1 de enero de 2003. 6. Edificaciones y construcciones sin licencia existentes en suelos clasificado como rústico antes de 1 de enero de 2003. Referencia a las existentes con posterioridad a esta fecha. 7. La cuestión del uso en las edificaciones sin licencia existentes con anterioridad a la LOUGA.

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