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CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. ESPECIAL REFERENCIA AL RÉGIMEN TRANSITORIO DE APLICACIÓN DEL MISMO

SÁNCHEZ JIMÉNEZ, ROSA

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 1 Especial/2007, pág. 79 a 86

I. ANTECEDENTES. II. LA LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. III. EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. IV. RÉGIMEN TRANSITORIO. V. CUESTIONES OBJETO DE INTERPRETACIONES PLANTEADAS EN EL RÉGIMEN TRANSITORIO. 1. ¿A QUÉ SOLICITUD DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN O DE OBRAS EN EDIFICIOS EXISTENTES SE REFIERE LA DISP.TRANS. 1.ª?. 2. ¿ES APLICABLE EL CTE A PROYECTOS DE EJECUCIÓN PRESENTADOS CON POSTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DEL CÓDIGO, Y CUYA LICENCIA AL PROYECTO BÁSICO FUE CONCEDIDA DE CONFORMIDAD CON EL RÉGIMEN NORMATIVO ANTERIOR? ¿Y SI SE PRESENTARON ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL CTE?. 3. ¿EL PLAZO MÁXIMO DE TRES MESES DE INICIO DE OBRAS CONTADO DESDE LA FECHA DE CONCESIÓN DE LA LICENCIA DE EDIFICACIÓN OTORGADA EN EL PERIODO DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CTE, SE REFIERE A LA LICENCIA CONCEDIDA AL PROYECTO BÁSICO O AL PROYECTO DE EJECUCIÓN?. 4. SI EL PLAZO DE TRES MESES ES PARA INICIAR OBRAS Y LA LICENCIA DE EDIFICACIÓN SE HA CONCEDIDO SÓLO AL PROYECTO BÁSICO, ¿QUÉ PLAZO EXISTE PARA PRESENTAR EL PROYECTO DE EJECUCIÓN?. 5. ¿Y, SI DURANTE EL RÉGIMEN TRANSITORIO SE PRESENTASEN SOLICITUDES DE PRÓRROGAS DE INICIO DE OBRAS AMPARADAS EN LICENCIAS CONCEDIDAS, BIEN CON ANTERIORIDAD AL MISMO, BIEN CON BASE PRECISAMENTE AL RÉGIMEN TRANSITORIO?. VI. CONTENIDO DE LA NORMA. REFERENCIA PUNTUAL.

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