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LLISET BORRELL, FRANCISCO
Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, n.º 126/1992, pág. 61
1. Introducción. 2. Aplicación de la Ley 8/1990. a)ìAplicación funcional. b) Aplicación territorial. c)ìAplicación temporal. 3. La gestión del tiempo urbanísticoìcomo factor esencial en el cumplimiento de los deberesìbásicos de la propiedad urbanística. a) La preocupación porìel "tiempo" como principio informador del Estado social. 4.ìNaturaleza de la licencia de edificación. 5. Conclusiones.