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ANIMALES. VIGENCIA DEL REGLAMENTO DE MOSTRENCOS DE 24 DE ABRIL DE 1905. NO PUEDEN CONSIDERARSE COMO TALES LOS CABALLOS Y VACAS QUE CIRCULAN POR EL PUEBLO. ACTUACIONES PARA EVITAR MOLESTIAS
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 20/1999, pág. 3082