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Algunas causas de nulidad de las Ordenanzas Fiscales del IBI

Junceda Moreno, Javier

LA ADMINISTRACION PRACTICA, n.º 10/2017, pág. 65 a 75

I. La publicación del anuncio del acuerdo provisional de aprobación de las ordenanzas de IBI certificado por el Secretario municipal en el tablón de anuncios como primer elemento formal determinante de nulidad. II. Nulidad de las ordenanzas por ausencia de publicación del anuncio de exposición en un diario de mayor tirada de la localidad. III. Nulidad de las ordenanzas por falta de notificación individual de la modificación sustancial al alza de la cuota tributaria resultante. IV. Nulidad radical de las ordenanzas de inaplicarse el art. 133 Ley 39/2015, de 1 de octubre (LPACAP) sobre el trámite de participación ciudadana. V. Nulidad de las ordenanzas por falta de motivación, incurriendo en infracción del principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. VI. La falta de proporcionalidad y capacidad económica de las ordenanzas fiscales del IBI. VII. La vulneración del art. 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) por ausencia de progresividad en el impuesto. Los efectos potencialmente discriminatorios del hecho imponible. Restricción a la libertad de establecimiento.

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