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ADJUDICADA LA CONDICIÓN DE URBANIZACIÓN DE UN PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA A DOS EMPRESAS QUE SE ASOCIARON UNIENDO SUS PROPOSICIONES, ¿HAN DE FORMALIZAR DE ALGUNA MANERA DICHA UNIÓN? ¿QUÉ CONSECUENCIAS TENDRÍA LA DESAPARICIÓN DE UNA DE LAS EMPRESAS ASOCIADAS?.
Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 30/2004, pág. 62