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Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 43/2005, pág. 7
SI YA SE HA COMUNICADO AL EMPRESARIO LA ADJUDICACIÓN ESTAMOS ANTE UN ACTO ADMINISTRATIVO QUE PARA SU REVOCACIÓN EXIGE QUE SE CUMPLA EL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE LESIVIDAD ESTABLECIDO EN EL ART. 103 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE.