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Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 56/2007, pág. 70 a 71
CORRESPONDE A LAS COMPAÑÍAS SUMINISTRADORAS DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA LA ASUNCIÓN DE LAS CARGAS PARA EL CORRECTO SUMINISTRO EN EL SUELO URBANO, CON LAS PRECISIONES QUE SE EFECTÚAN POR LEY.