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Calvo Vérgez, Juan
Tributos Locales, n.º 169/2024, pág. 98 a 119
I. Introducción. II. ¿Puede la administración comprobar la base imponible del ICIO mediante el requerimiento de documentación al sujeto pasivo? III. La incidencia de la llamada baja de adjudicación en la determinación de la base imponible del ICIO. IV. Criterios que han de seguirse para la determinación del presupuesto sobre el que ha de calcularse la base imponible del ICIO. V. ¿Puede un acta con acuerdo suscrita con posterioridad a la determinación de la base imponible a efectos del ICIO vincular al Ayuntamiento? VI. A modo de conclusión.