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Reutilización por parte de las entidades locales de sistemas y aplicaciones de propiedad de las administraciones públicas a la luz del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.

Josefa María Esparducer Mateu

Publicado el 12 de diciembre de 2022 en Revista digital CEMCI, n.º 55

1.- Estado de la cuestión tras la entrada en vigor del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. 2.- Reutilización de sistemas y aplicaciones de las administraciones públicas versus contracción de aplicaciones de administración electrónica cuyos derechos de propiedad intelectual corresponden a entidades privadas. 3.- Procedimiento jurídico aplicable para la reutilización de sistemas y aplicaciones de las administraciones públicas. 4.- Convenios de cooperación entre administraciones públicas para la cesión de sistemas y aplicaciones propiedad de las administraciones públicas cuyo objeto no contiene prestaciones propias de los contratos. 5.- Administración titular de la competencia sobre las actuaciones administrativas realizadas en el procedimiento administrativo de que se trate. 6.- Recapitulaciones y conclusiones.

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