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Permiso por asuntos propios: aunque no requiera la justificación de una causa específica, su régimen jurídico no puede identificarse con el derecho a las vacaciones retribuidas

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 5 de julio de 2018

CIVITAS, REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO ADMINISTRATIVO, número 197/2019

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