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UN PLAN DE RANGO SUPERIOR NO PUEDE HACER DEJACIÓN DE SUS FUNCIONES Y REMITIR LAS QUE LE SON PROPIAS A OTRO DE RANGO INFERIOR

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 13 DE DICIEMBRE DE 2002, SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (SECCIÓN 5ª)

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, número 19/2003

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