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Cursos monográficos de estudios superiores

El impacto de la Ley General de Telecomunicaciones en las entidades locales

Formación virtual

Del 20 de febrero al 19 de marzo de 2025

Fecha límite de inscripción: 5 de febrero de 2025
Modalidad
Formación virtual
Profesorado

Lourdes de la Torre Martínez

Profesora de Derecho Administrativo. Universidad de Jaén.

Introducción

El régimen jurídico de las telecomunicaciones gira en torno a la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de telecomunicaciones (en adelante, LGTel) y la normativa de desarrollo, impulsada principalmente desde el ámbito europeo con motivo de la implementación en el ordenamiento jurídico español del Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas aprobado por la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2018. Además, se enmarca, en el ámbito europeo, en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (componente 15 dedicado a la “conectividad digital, impulso a la ciberseguridad y despliegue del 5G”; medida C15.R1 “reforma del marco normativo de telecomunicaciones: Ley General, instrumentos regulatorios e instrumentos de aplicación”, Comisión Española, 16 junio, 2021). En el ámbito nacional, en el Plan España Digital 2025, que -en el primer eje estratégico- recoge la conectividad digital y la aprobación de una nueva Ley General de Telecomunicaciones.

A lo anterior se suma que en los últimos años no resulta extraño encontrar referencias en los trabajos dentro del ámbito del Derecho administrativo a temas tales como la modernización del Derecho, el acceso a una Internet abierta, la Agenda Digital, o incluso como las ciudades inteligentes. Menos sorprendente aún, encontrarlas circunscritas al ámbito local. En este contexto, la intervención de los Entes locales en las telecomunicaciones sigue siendo muy discutida por diversas razones, pero debe admitirse cuando obedece al servicio a los intereses locales y a las competencias que resultan afectadas por la actividad de los operadores de redes y servicios.

Destinatarios

Cargos electos, personal directivo, personal funcionario con habilitación de carácter estatal y personal empleado público de las entidades locales con titulación superior, media o asimilada, que tengan a su cargo funciones relacionadas con la materia objeto de la actividad formativa. Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitida las personas solicitantes que presten servicios en la Junta de Andalucía u otras administraciones y entidades públicas.

Objetivos

1. Aproximación al concepto jurídico de “ciudad inteligente”.

2. Análisis de la conectividad local, tanto desde el ámbito europeo como español, con el fin de lograr la materialización efectiva de una auténtica ciudad inteligente.

3. Derechos de los usuarios de telecomunicaciones.

4. Estudiar si las Entidades locales ostentan competencias en esta materia y si es posible que intervenga en el sector, de un lado, regulándolo, mediante ordenanzas reguladoras en esta materia, o bien, de otra forma, prestando el servicio como un operador más.

5. Determinar cuándo un Ayuntamiento presta el servicio WiFi gratuito a sus ciudadanos, como servicios auxiliares a un servicio propio, recogido en el art. 25 LRBRL, en régimen de autoprestación y sin constituirse como operador de comunicaciones electrónicas.

6. Estudio de la normativa vigente aplicable.

7. Análisis de las resoluciones más significativas de la CNMC y de la jurisprudencia recaída de mayor interés.

Contenidos

Unidad didáctica I: Infraestructuras digitales para territorios inteligentes. Conceptos claves en la lucha contra la despoblación.

1. Planteamiento general.

2. Aproximación a la noción jurídica de ciudad inteligente. Concepto y problemática que plantea.

3. Catálogo de derechos de los usuarios de telecomunicaciones.

4. Prestaciones que incluye el servicio universal de telecomunicaciones. En particular, el acceso a adecuado y disponible a una internet de banda ancha, en los términos del art. 37 y del Anexo III de la LGTel.

Unidad didáctica II: competencias de las entidades locales para regular en materia de comunicaciones electrónicas.

1. Planteamiento inicial.

2. La doctrina consolidada de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

3. Normativa aplicable: la LRBRL tras la modificación de 2023 (Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo).

Unidad didáctica III: la conectividad digital: una prioridad europea y española.

1. La conectividad digital: una prioridad europea en el mercado único digital.

2. La conectividad digital en España clave para la transformación digital. La Agenda España Digital 2025 (y su actualización 2026) y el Plan para la conectividad. La Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones.

3. La prestación del servicio de comunicaciones electrónicas por las Entidades locales. Una interpretación adecuada del art. 25 LBRL.

Unidad didáctica IV: Los municipios como prestadores del servicio wifi gratuito y sin obligación de inscribirse en el registro de operadores.

1. Planteamiento inicial.

2. La Circular de la CMT 1/2010 por la que se regulan las condiciones de explotación de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas por las Administraciones Públicas.

3. El Acuerdo de la CNMC 2018 por el que se da respuesta a las consultas planteadas sobre la compatibilidad del programa WiFi4EU con la normativa y regulación sectorial nacional aplicable a la prestación de actividades de telecomunicaciones por las Administraciones Públicas.

4. La legislación sectorial de telecomunicaciones. Especial referencia al art. 13 de la Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones.

5. Comentario al Acuerdo de la CNMC por el que se contesta a la consulta planteada por el Ayuntamiento de Plasencia sobre la implantación del proyecto “destino turístico inteligente” de 26 de enero de 2023.

Precio
275.00 €
Si es la tercera o siguiente actividad de este año: 210.00 €.
Para más información sobre esta y otras bonificaciones, consulta las bases de la convocatoria.
Duración
40 horas.
Puntuación
A efectos, exclusivamente, del baremo de méritos generales de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, la valoración de esta actividad formativa es de 0.40 puntos. Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública de 25 de enero de 2022 (BOE núm. 26, de 31 de enero de 2022).
Homologación
Resolución del IAAP de 14 de noviembre de 2024
Convocatoria oficial
Resolución del Vicepresidente del CEMCI de 14 de noviembre de 2024 (Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 231, de 28 de noviembre de 2024)
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